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Regulaciones

Brasil prohíbe stablecoins en remesas internacionales: BCB 561 entra en vigor en octubre

Brasil prohíbe stablecoins en remesas internacionales: BCB 561 entra en vigor en octubre - Imagen destacada

El Banco Central cierra el canal eFX a las criptomonedas

El Banco Central de Brasil publicó el 30 de abril la Resolución BCB 561, que prohíbe a los proveedores regulados de cambio electrónico (eFX) liquidar pagos transfronterizos con criptomonedas y stablecoins. La medida entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y cierra el principal carril por el que fintechs y empresas de pagos enviaban dólares y reales digitalizados al exterior, según reportó BanklessTimes el 1 de mayo y confirmó CoinDesk al día siguiente.

De acuerdo con datos del propio Banco Central citados en la resolución, las stablecoins concentran cerca del 90% de las transferencias cripto reportadas con destino al exterior originadas en Brasil. La Receita Federal estima que el mercado cripto brasileño mueve entre 6,000 y 8,000 millones de dólares al mes, una porción significativa de los cuales pasaba por el canal eFX que ahora queda vedado a los activos digitales.

Qué firmas quedan fuera del rail cripto

El veto golpea directamente a empresas que habían integrado stablecoins en su back-end de pagos internacionales. Wise, Nomad y Braza Bank son los nombres más expuestos: Nomad utilizaba la red de Ripple para mover fondos entre Brasil y Estados Unidos liquidando en stablecoins, y Braza Bank emitió en 2025 una stablecoin respaldada en reales sobre el XRP Ledger. A partir de octubre, esas liquidaciones tendrán que migrar a operaciones tradicionales de cambio o a cuentas de no residentes en reales.

El Banco Central justificó la decisión en tres frentes: soberanía monetaria, supervisión fiscal y prevención de lavado. La autoridad argumenta que la mayoría de las stablecoins son emitidas en jurisdicciones extranjeras y escapan a la supervisión local, lo que crea zonas grises para los controles de capital y la Receita Federal. Las firmas no autorizadas tienen plazo hasta el 31 de mayo de 2027 para solicitar la licencia del BCB y seguir operando en el segmento eFX.

Lo que el veto NO toca

La resolución se limita al canal regulado de cambio electrónico. Los brasileños pueden seguir comprando, custodiando y transfiriendo criptomonedas a través de exchanges centralizados y billeteras propias. Lo que se cancela es la posibilidad de que un fintech registrado liquide una remesa hacia o desde Brasil moviendo USDT, USDC o cualquier stablecoin entre nodos de blockchain.

El movimiento contrasta con la dirección que toman otras jurisdicciones. La Unión Europea acaba de incluir a la stablecoin A7A5 y al rublo digital en su vigésimo paquete de sanciones contra Rusia, mientras que Meta empezó a pagar a creadores de Facebook en USDC desde Colombia y Filipinas. Brasil opta por una vía más restrictiva: limitar el uso institucional sin prohibir la tenencia minorista.

Lectura desde México

El precedente brasileño es el primer veto de gran escala en LATAM al uso de stablecoins en remesas reguladas, y aterriza en una región donde estas monedas crecieron pegadas al flujo dólar-pesos-reales. Para México, principal receptor mundial de remesas, el debate regulatorio se mantiene abierto: la CNBV ha discutido los límites del Artículo 30 de la Ley Fintech sin replicar la línea dura del BCB, y operadores como Bitso continúan canalizando flujos cripto bajo licencia de Institución de Tecnología Financiera.

Lo que cambia es la señal regional. Si Brasil concentra el mercado cripto más grande de la región y aplica un freno tan específico al rail eFX, los reguladores mexicanos tienen sobre la mesa un manual probado para cuando decidan endurecer las reglas de pagos transfronterizos en activos digitales. El precio de Bitcoin se mantiene en 79,312 dólares (alrededor de 1.38 millones de pesos) tras la noticia, sin un impacto direccional claro: el mercado lee el veto como un asunto de fontanería de pagos, no como un golpe a la demanda spot.

Calendario y siguiente fricción

El cronograma define dos fechas clave: 1 de octubre de 2026 como inicio de la prohibición efectiva en el canal eFX, y 31 de mayo de 2027 como límite para que las firmas que operen sin autorización formal regularicen su licencia ante el BCB. Entre medias, el sector espera litigios y peticiones de aclaración sobre qué califica como liquidación cripto y qué como simple referencia de tipo de cambio. La industria ya pidió una mesa técnica con la autoridad para definir el alcance operativo de la resolución antes de que entre en vigor.

Este artículo se elabora con apoyo de herramientas digitales de redacción; el equipo editorial revisa y ajusta el contenido. La información se ofrece con fines informativos y no constituye asesoramiento financiero ni recomendación de inversión.

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